Page 147 - 1. Iniciativa de Ley de Ingresos, para el Ejercicio Fiscal 2024
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Gobierno del Estado de Puebla
Las asociaciones sin fines de lucro a que se refiere la presente fracción, deberán acreditar dicha
situación al momento de su solicitud, presentando el acta constitutiva correspondiente.
VI. El uso de los espacios a que se refiere este artículo estará sujeto a las fechas y condiciones
que establezca el Instituto. Los días autorizados de ingreso por mes, las disciplinas, el uso de
espacios y las reglas de acceso, así como el número máximo de usuarios por grupo o instructor,
serán definidos por la administración del Instituto Poblano del Deporte.
ARTÍCULO 62. Los derechos por los servicios prestados por el Instituto Poblano de la Juventud, se
causarán y pagarán de conformidad con las cuotas siguientes:
I. Actividad artística o cultural por mes, dos días a la semana, dos horas por sesión, por cada una.......... $240.00
II. Actividad deportiva o fitness por mes, dos días a la semana, una hora por sesión, por cada una ......... $240.00
III. Impartición de programas de salud mental, emocional, física y apoyo social para personas de 12 a
29 años, por cada hora de sesión .................................................................................................. $23.00
IV. Por el uso de espacios en auditorio, sala de prensa o cancha deportiva, por hora ............... $200.00
ARTÍCULO 63. Los derechos por los servicios prestados por el Instituto de Seguridad y Servicios
Sociales de los Trabajadores al Servicio de los Poderes del Estado de Puebla, se causarán y
pagarán de conformidad con las cuotas siguientes:
I. Por la reposición de gafete .......................................................................................................... $26.00
II. Por la reposición de credencial .................................................................................................. $53.00
III. Por la expedición de constancias y certificados que incluye forma oficial valorada. ................ $26.00
ARTÍCULO 64. Los derechos por los servicios prestados por el Instituto Tecnológico Superior de
Acatlán de Osorio, se causarán y pagarán de conformidad con las cuotas siguientes:
I. Por ficha de examen de admisión ............................................................................................. $615.00
II. Por cuota de inscripción o reinscripción ................................................................................... $855.00
III. Por equivalencia de Institutos de Estudios Superiores (IES) con reconocimiento oficial. ........... $1,965.00
IV. Por convalidación:
a) De estudios ........................................................................................................................... $1,765.00
b) Por asignatura ............................................................................................................................ $56.00
V. Por examen profesional o equivalente ................................................................................. $1,905.00