Page 194 - 1. Iniciativa de Ley de Ingresos, para el Ejercicio Fiscal 2024
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Gobierno del Estado de Puebla
a) Por m , por mes ...................................................................................................... $400.00
2
b) Para la celebración de eventos, por cada uno ........................................................ $60,000.00
Los trabajadores del Poder Judicial del Estado de Puebla recibirán una reducción del 25% sobre las
cuotas establecidas en las fracciones I, II, III, VI, VIII y X del presente artículo.
Los servidores públicos de los gobiernos federal, estatales y/o municipales recibirán una reducción del
15% de las cuotas establecidas en las fracciones I, II, III, VI, VIII y X del presente artículo.
Las personas adultas mayores de 60 años, que lo acrediten con su credencial del INAPAM, recibirán
una reducción del 15% sobre las cuotas establecidas en las fracciones I, II, III, VI, VIII y X del presente
artículo.
El pago de las cuotas a que se refieren las fracciones III, IV, VII, VIII, IX y X del presente artículo, podrán
realizarse en cuatro pagos parciales, previo a la culminación del Diplomado de que se trate. Respecto
de los servicios establecidos en las fracciones V y VI, el pago podrá realizarse hasta en seis
exhibiciones, previas a la culminación de los mismos.
El pago de las cuotas a que se refieren las fracciones señaladas en el siguiente cuadro, podrá realizarse
en parcialidades previo a la culminación del servicio de que se trate, conforme a la siguiente tabla:
SERVICIO No. PARCIALIDADES
Fracciones III, V, X 4
Fracciones IV,VII, VIII y IX 3
Fracción VI 6
Diplomado semipresencial Parcialidades de acuerdo al costo que se designe
Los descuentos a que se hace referencia en el presente artículo, no serán acumulables, con otras
becas o descuentos.
ARTÍCULO 98. Los derechos por los servicios prestados por el Poder Legislativo del Estado, a través
del Congreso del Estado, por las bases en materia de obra pública y servicios relacionados con la
misma, así como de adquisiciones, arrendamientos y servicios, serán fijados por el Comité de
Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del citado Congreso del Estado, en razón de la recuperación
de las erogaciones realizadas por la publicación de la convocatoria y documentos que se entreguen, el
cual se dará a conocer en dicha publicación.
ARTÍCULO 99. Los derechos por los servicios prestados por el Poder Legislativo del Estado, a través
de la Auditoría Superior del Estado, se causarán y pagarán de conformidad con las cuotas siguientes:
I. Por la inscripción para participar en el proceso anual de selección de Auditores Externos para
dictaminar cuentas públicas de los sujetos de revisión obligados, por cada una ............. $2,110.00