Page 24 - 1. Iniciativa de Ley de Ingresos, para el Ejercicio Fiscal 2024
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Gobierno del Estado de Puebla
Para los casos de gastos de ejecución, se da continuidad al cobro de 2% sobre el importe del crédito
fiscal por cada diligencia de notificación del requerimiento de pago, sobre el crédito fiscal por cada
diligencia de embargo, o sobre crédito fiscal por la diligencia de remate, enajenación fuera de remate
o adjudicación al fisco estatal, según corresponda.
Adicionalmente, la actualización de los montos mínimo y máximo que las personas físicas y morales
deberán cubrir con el factor de 4.8%, así como redondear su resultado al múltiplo de 5.00 pesos
inmediato superior.
VI.6. Estímulos Fiscales.
Con la finalidad de fortalecer el crecimiento económico, específicamente la estructura productiva, la
creación de empleos, la seguridad jurídica del patrimonio de las personas; proteger al medio ambiente
y para apoyar a la población con mayores necesidades; en esta Iniciativa se considera conveniente
mantener los tratamientos preferenciales para las familias y las empresas.
Por ello, en una primera instancia esta Ley considera como herramienta de política pública otorgar
estímulos fiscales respecto al Impuesto Sobre Erogaciones por Remuneraciones al Trabajo Personal,
una vez que se cumplan con las Reglas Generales que emita la Secretaría de Planeación y Finanzas,
en los supuestos siguientes:
⮚ Para los contribuyentes que tengan hasta cuatro empleados, una reducción del 25% del
impuesto causado.
⮚ Por las remuneraciones pagadas a personas con discapacidad, una reducción del 100% del
impuesto causado.
⮚ Por las remuneraciones pagadas a personas con edad de 60 años en adelante, una reducción
del 100% del impuesto causado.
⮚ Por las remuneraciones pagadas a los trabajadores en su primer empleo, una reducción del
100% del impuesto causado.
⮚ Para los contribuyentes que opten por pagar en una sola exhibición el impuesto
correspondiente a todo el ejercicio fiscal se establece una reducción del 4% sobre el monto
total estimado que declaren.
En segundo lugar, se sitúan los estímulos fiscales en los trámites a cargo del Instituto Registral y
Catastral del Estado de Puebla, prestados a través del Registro Público de la Propiedad, en materia
vivienda, de acuerdo con las siguientes especificaciones:
⮚ Por la inscripción de los actos por los cuales se adquieren bienes inmuebles que acrediten
estar destinados a vivienda o construcción de casa habitación, así como por la inscripción de
los actos relacionados con hipotecas o contratos de crédito con garantía hipotecaria con el
mismo objeto, según el valor de la vivienda: