Page 180 - Iniciativa Ley Ingresos 2026 F
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Gobierno del Estado de Puebla
a) Museo de Arte Popular Ex-Convento de Santa Rosa o Complejo Museístico de La Constancia
Mexicana, por hora o fracción...…………………………..……………………………………………...$26.00
Los visitantes a los citados centros culturales, se les aplicará la cuota a que se refiere este inciso, por
cada tres horas o fracción de este lapso.
b) Museo Internacional del Barroco, por cada tres horas o fracción de este lapso………………….$32.00
El cobro de los derechos a que se refieren las fracciones VI a XXIII de este artículo, sólo podrá realizarse
una vez que la persona Titular de la Dirección General del Organismo autorice el uso de los espacios
correspondientes.
ARTÍCULO 80. Los derechos por los servicios prestados por los Servicios de Salud del Estado de
Puebla, se causarán y pagarán de conformidad con las cuotas siguientes:
I. Por la revisión documental, técnica y jurídica, la substanciación del procedimiento administrativo y,
en su caso, expedición de la cédula sanitaria para la venta y suministro de bebidas alcohólicas, incluye
forma oficial de reproducción restringida digital, con vigencia de un año en:
a) Bajo Riesgo……………………….………………………………………………………...……….$4,480.00
b) Alto Riesgo……………………………………………………………………….….……………..$15,075.00
Para la prestación de los servicios a que se refiere esta fracción, en los establecimientos determinados
como alto riesgo, la autoridad competente realizará una visita de verificación sanitaria presencial, en
los términos y formalidades que establecen las leyes y normatividad aplicables en la materia.
Para los establecimientos calificados como bajo riesgo, únicamente se realizará la revisión documental
respectiva, determinado la procedencia de la expedición de la cédula sanitaria.
Para los efectos de esta fracción se considerarán:
- Bajo Riesgo: Miscelánea o ultramarinos con venta de cervezas y bebidas refrescantes con una
graduación alcohólica de 6° GL en envase cerrado, miscelánea o ultramarinos con venta de bebidas
alcohólicas en botella cerrada, billares con venta de bebidas alcohólicas en botella abierta, pulquería,
boliche con venta de cerveza y bebidas refrescantes con una graduación alcohólica de 6° GL en envase
abierto, restaurante-bar, alimentos en general con venta de cerveza en botella abierta, baños públicos
con venta de cerveza en botella abierta, salón social y/o jardín con venta de bebidas alcohólicas, hotel,
motel, auto hotel y hostal con servicio de restaurante-bar, clubes de servicio, sociales y/o deportivos
con venta de bebidas alcohólicas, barbería con degustación de bebidas alcohólicas, y todos aquellos
similares.
- Alto Riesgo: bodega de abarrotes y bebidas alcohólicas en botella cerrada, centro botanero, tienda de
autoservicio con venta de bebidas alcohólicas en botella cerrada, vinatería con venta de mayoreo y
menudeo, destilación, envasadora y bodega de bebidas alcohólicas y/o artesanales, tienda
departamental con venta de bebidas alcohólicas, discoteca, salón o espacios de espectáculos públicos
con venta de bebidas alcohólicas, bar, cervecería, cabaret, centros nocturnos, salón de juegos de azar
y casinos, y todos aquellos similares.
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