Page 88 - 1. Iniciativa de Ley de Ingresos, para el Ejercicio Fiscal 2024
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Gobierno del Estado de Puebla






                  LI. Por la búsqueda de antecedentes registrales de concesión, permiso o autorización, solicitada por los
                  concesionarios y/o permisionarios de los servicios del transporte acreditando su interés jurídico, por cada
                  una .......................................................................................................................................................... $485.00

                  El plazo para el pago de los derechos a que se refieren las fracciones VIII y XL de este artículo, será el
                  mismo que se señale para el pago de los derechos por los Servicios de Control Vehicular, debiendo
                  cubrirse conjuntamente.

                  Para que la  autoridad fiscal reciba los  pagos de los derechos por los trámites y movimientos que
                  implican modificaciones al Registro Estatal Vehicular, en materia de transporte, la Secretaría de
                  Movilidad y Transporte emitirá la orden de cobro correspondiente, debiéndose cerciorar y documentar
                  en el expediente respectivo que el particular que lo solicite haya cubierto los requisitos establecidos en
                  las leyes de la materia y demás disposiciones aplicables; así como que por el vehículo de que se trate
                  no se tengan adeudos en materia de impuestos federales o estatales relacionados con la adquisición,
                  tenencia o servicio al que se destina el vehículo.

                  El trámite de cambio de propietario, así como la expedición, reposición o canje de placas de circulación
                  de los vehículos destinados a la prestación del servicio de transporte mercantil en modalidades distintas
                  a las de alquiler o taxi o de taxi local, implicará la tramitación del tarjetón a que se refieren las fracciones
                  XIII y XLIII de este artículo.

                  No se otorgará tarjeta de circulación, placas o cualquier otro documento que permita la circulación
                  vehicular, ni se aceptará el pago del Impuesto Sobre Tenencia o Uso de Vehículos, en los casos en
                  que no se acredite ante la autoridad competente la legal estancia en el país de los vehículos en régimen
                  de importación definitiva.

                                                         CAPÍTULO X
                                     DE LOS DERECHOS POR LOS SERVICIOS PRESTADOS
                                             POR LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN

                  ARTÍCULO 40. Los derechos por los servicios prestados por la Secretaría de Educación, se causarán
                  y pagarán de conformidad con las cuotas siguientes:

                  I.  Por el análisis  de factibilidad para  otorgar el Acuerdo  de  Reconocimiento  de Validez Oficial de
                  Estudios a escuelas particulares, para impartir Educación Inicial o Media Superior ................ $4,080.00

                  II. Por el análisis de factibilidad para otorgar el Acuerdo de Autorización a escuelas particulares, para
                  impartir Educación Básica ......................................................................................................... $4,080.00

                  III. Por el análisis de factibilidad para otorgar los Acuerdos de Autorización para impartir educación
                  o el reconocimiento de validez oficial de estudios a particulares, por cada Plan de Estudios de tipo
                  superior ............................................................................................................................ $9,010.00

                  IV. Por el otorgamiento de Reconocimiento de Validez Oficial de Estudios a escuelas particulares, para
                  Educación Inicial o por cada Plan de Estudios Incorporado de Educación Media Superior o por cada
                  otorgamiento de Reconocimiento de Plan de Estudios de tipo superior ................................$11,490.00
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