Page 732 - 2. Proyecto de Presupuesto de Egresos, Ejercicio Fiscal 2024
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APENDICE DEL APARTADO “A” NOTAS METODOLÓGICAS


                               1.  NOTA METODOLÓGICA PARA LA ELABORACIÓN DE LAS PROYECCIONES DE INGRESOS


                          Fundamento Legal

                                   Formato 7a. Proyecciones de Ingresos – LDFEFM

                          Presentación

                          La Subsecretaría de Ingresos como Unidad Administrativa de la Secretaría de Planeación y Finanzas, elaboró la siguiente nota metodológica relativa a la elaboración de las
                          Proyecciones de Ingresos. Asimismo, y con fundamento en lo dispuesto en el artículo 42, fracción XIV del Reglamento Interior de la Secretaría de Planeación y Finanzas, es
                          atribución de la Dirección de Inteligencia Tributaria, adscrita a la Subsecretaría de Ingresos, integrar el Presupuesto de Ingresos del Estado con base en los objetivos, metas
                          y estrategias de la Administración Pública del Estado.

                          Derivado del creciente endeudamiento en el que han incurrido los gobiernos subnacionales en los últimos años y en consecuencia del deterioro que han experimentado
                          sus finanzas públicas, se observó un riesgo para ellas ya que podrían comprometer su estabilidad en el futuro. De esa forma, el Ejecutivo Federal aprobó el 17 de marzo de

                          2016 la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios (LDFEFM), misma que fue promulgada por el Poder Ejecutivo el 27 de abril de 2016.

                          En ese sentido, el objetivo principal de la Ley es crear una regulación en materia de responsabilidad hacendaria y financiera, que permita a los gobiernos subnacionales
                          guiarse bajo ciertos criterios que incentivan una gestión responsable que fomente el crecimiento económico y la estabilidad en las finanzas públicas locales. Así, los objetivos
                          específicos de dicho ordenamiento consisten en promover finanzas públicas locales sostenibles, a través de diversas reglas, el uso responsable de la deuda pública, así como
                          el fortalecimiento de la transparencia, a través de cinco componentes:

                               •  Reglas de disciplina hacendaria y financiera: Estas reglas incentivan finanzas públicas sanas en gobiernos subnacionales mediante principios de responsabilidad
                                   hacendaria.


                               •  Sistema de Alertas: Este sistema alerta cualquier riesgo ante los endeudamientos de las entidades federativas y los municipios y obliga a cumplir con convenios de
                                   responsabilidad hacendaria.

                               •  Contratación de deuda y obligaciones: Se garantiza que se contrate deuda al menor costo financiero y de manera transparente con fines que tengan beneficios.


                               •  Deuda Estatal Garantizada: El Gobierno de la República dará su aval crediticio con el propósito de que los estados y municipios accedan a un financiamiento más
                                   barato.

                               •  Registro Público Único: El registro sirve para para inscribir y transparentar los financiamientos y obligaciones.
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