Page 18 - 1. Iniciativa de Ley de Ingresos, para el Ejercicio Fiscal 2024
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Gobierno del Estado de Puebla
Tasas aplicables para el cobro de impuestos estatales en 2023. Cuadro 4
(Porcentaje)
Concepto Tasa
Impuesto Sobre Erogaciones por Remuneraciones al Trabajo Personal 3.0%
Impuesto Sobre Adquisición de Vehículos Automotores Usados 0.0%
Impuesto Sobre Servicios de Hospedaje 3.0%
Impuesto Sobre Loterías, Rifas, Sorteos y Concursos 6.0%
Impuesto Estatal Sobre la Realización de Juegos con Apuestas y Sorteos 6.0%
Fuente: Secretaría de Planeación y Finanzas. Subsecretaría de Ingresos.
En cuanto al Impuesto Sobre Tenencia o Uso de Vehículos, cuyo monto a pagar se calcula aplicando
las cuotas y tarifas previstas en este ordenamiento tomando en consideración la antigüedad y al valor
total del vehículo; se propone actualizar las cuotas y tarifas con un factor de 4.8%; no obstante, las
tasas previstas en el artículo 17, fracciones I y II se mantienen sin cambio, de acuerdo con la política
de ingresos expuesta para el ejercicio fiscal 2024.
Sin embargo, para proteger la economía de los hogares en esta etapa de consolidación económica, se
plantea dar continuidad al Programa de Apoyo en el pago del 100% del Impuesto Sobre Tenencia o
Uso de Vehículos, para los contribuyentes cumplidos, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 46 de
la Ley de Hacienda para el Estado Libre y Soberano de Puebla, y las reglas que emita la Secretaría de
Planeación y Finanzas.
VI.3. Derechos
En relación con los ingresos que se obtienen por concepto de Derechos que se pagan al Estado por el
uso de bienes y la prestación de servicios en el ejercicio de sus funciones de derecho público, se
propone como factor de actualización general para las cuotas y tarifas una tasa del 4.8%, a raíz de la
nueva tendencia que ha exhibido el indicador del nivel de precios. De manera puntual se aclara que,
adicionalmente, las cuotas iguales o inferiores a 60.00 pesos se ajustan al múltiplo superior de un peso;
en tanto que las cuotas mayores a esa cantidad se redondean al múltiplo de 5.00 pesos inmediato
superior. Es preciso señalar, que la tasa de ajuste propuesta es menor a la inflación promedio
observada en el lapso enero-septiembre de 2023, que fue de 6.0%.