Page 22 - Iniciativa de Ley de Egresos 2025 V12
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Gobierno del Estado de Puebla




                   ●  Combatir la entrada ilegal de mercancías y vehículos de procedencia extranjera.
                   ●  Garantizar el intercambio de información con otras dependencias estatales y federales.
                   ●  Mejorar las plataformas tecnológicas existentes y aprovechar el uso de las nuevas Tecnologías de
                      la Información y la Comunicación.

                  VII. Ley de Ingresos del Estado de Puebla, para el Ejercicio Fiscal 2025

                  El presente ordenamiento, se conforma por Ocho Títulos, Treinta y Siete Capítulos, y Ciento Treinta y
                  Dos  Artículos.  En  el  Título  Primero  se  presentan  las  Disposiciones  Generales;  el  Título  Segundo
                  corresponde a los Impuestos; el Título Tercero refiere a los Derechos; el Título Cuarto a los Productos;
                  el  Título  Quinto  a  los  Aprovechamientos;  el  Título  Sexto  refiere  a  las  Participaciones  en  Ingresos
                  Federales,  Fondos  y  Recursos  Participables,  los  Incentivos  Económicos,  Fondos  de  Aportaciones
                  Federales, las Reasignaciones y demás Ingresos; el Título Séptimo a los Ingresos Extraordinarios; y el
                  Título Octavo refiere a los Estímulos Fiscales.

                  En la Iniciativa que se presenta a consideración, los aspectos más relevantes son:

                  VII.1. Disposiciones Generales

                  En el artículo 1 se incluye el pronóstico de los ingresos que se estima recibirá la hacienda pública del
                  Estado en el periodo comprendido del 1 de enero al 31 de diciembre de 2025, por cada una de sus
                  fuentes. Esta información se presenta de acuerdo con el formato y la normatividad emitidos por el
                  Consejo Nacional de Armonización Contable (CONAC), en términos de la Ley General de Contabilidad
                  Gubernamental.

                  Asimismo,  de  acuerdo  con  la  Ley  General  de  Contabilidad  Gubernamental,  la  Ley  de  Disciplina
                  Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios, y las disposiciones normativas establecidas
                  por el CONAC, la Secretaría de Planeación y Finanzas, es la responsable de publicar en los medios
                  electrónicos oficiales y generados para dicho propósito, los formatos establecidos para la información
                  financiera adicional en materia de ingresos, y apego con los principios de transparencia y rendición de
                  cuentas.

                  Con la finalidad de dar certeza a la ciudadanía, los trámites o servicios que causen el cobro de derechos
                  o productos, se pagarán conforme a las disposiciones legales, normativas, tarifas y cuotas aplicables
                  al momento en que se preste o efectúe dicho trámite o servicio.

                  Además,  para  contar  con  una  administración  pública  eficiente  y  transparente,  se  establecen  las
                  medidas pertinentes para la recaudación y cobro de los ingresos de la Hacienda Pública Estatal, en los
                  siguientes términos:

                   ●  Si  por  la  naturaleza  del  servicio  o  por  circunstancia  de  lugar,  las  Dependencias  de  la
                      Administración Pública del Estado deben realizar de manera directa la recaudación de las cuotas
                      y  tarifas  establecidas  en  esta  Ley,  tendrán  un  plazo  de  cinco  días  naturales,  a  partir  del  día
                      siguiente  de  la  recepción  de  los  ingresos,  para  concentrar  esos  recursos  en  la  Secretaría  de
                      Planeación y Finanzas.

                   ●  Para  el  caso  en  que  la  recaudación  se  realice  a  través  de  instituciones  bancarias  y/o
                      establecimientos debidamente autorizados, deberán concentrarse en la Secretaría de Planeación
                      y Finanzas, en los términos y plazos previstos en los contratos que se suscriban para dicho fin.



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