Page 25 - 1. Iniciativa de Ley de Ingresos, para el Ejercicio Fiscal 2024
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Gobierno del Estado de Puebla





                  Estímulos fiscales para vivienda, según valor catastral 2024                                                                Cuadro 5

                                            Valor catastral                                Reducción
                                        De hasta $283,031.00                                            75%
                                    De $283,031.01  a $557,801.00                                       50%
                                    De $557,801.01 a $849,062.00                                        25%
                  Fuente: Secretaría de Planeación y Finanzas. Subsecretaría de Ingresos.

                  Para 2024 se actualizan los valores utilizados para el cálculo del estímulo, cuya finalidad es que su
                  alcance se mantenga en términos reales.

                      ⮚  Reducción del 100% en el pago de los derechos por cancelación total o parcial de la inscripción
                         de los actos relacionados con hipotecas, o contratos de crédito con garantía hipotecaria,
                         siempre que el valor catastral del predio de que se trate no exceda de $849,062.00 al momento
                         de la inscripción del gravamen y que se hubiera destinado a vivienda o construcción de casa
                         habitación.

                         Cuando un contribuyente solicite los servicios registrales por concepto de inscripción de los
                         actos relacionados con hipotecas o contratos de crédito con garantía hipotecaria y con el mismo
                         acto se cause el pago de dos o más cuotas de este derecho, enterará solamente una de ellas,
                         siempre que el valor catastral del inmueble no sea mayor a $849,062.00.

                  En esta oportunidad, además, se propone proseguir con el otorgamiento de estímulos fiscales en los
                  programas  establecidos por el Gobierno del Estado de Puebla, en el marco de la Ley para la
                  Regularización de Predios Rústicos, Urbanos y Suburbanos en el Régimen de Propiedad Privada del
                  Estado de Puebla, según lo autoricen los Titulares del Poder Ejecutivo o de la Secretaría de Planeación
                  y Finanzas, y se publique en el órgano de difusión oficial del Estado.

                  Esta administración se propuso ser un gobierno cercano a la gente, con acciones precisas y concretas
                  para acompañar a las personas en momentos difíciles. Por tanto, se prevé mantener a favor de las
                  familias poblanas de escasos recursos o en estado de vulnerabilidad con familiares fallecidos que
                  requieran ser inhumados o incinerados, la reducción hasta un 100% en el pago de los derechos por los
                  servicios que presta el “Panteón la Piedad-Memorial de la Piedad”, de acuerdo con el dictamen que al
                  efecto emita la Secretaría de Administración.

                  En el marco del conjunto de acciones emprendidas para el cuidado y protección del medio ambiente,
                  esta Ley plantea continuar con el estímulo fiscal consistente en la reducción del 100% en el pago de
                  los derechos de la Secretaría de Medio Ambiente, Desarrollo Sustentable y Ordenamiento Territorial,
                  por los servicios de Evaluación del Plan de Manejo de Residuos de Manejo Especial y Renovación
                  anual de la evaluación del Plan de Manejo de Residuos de Manejo Especial para las personas físicas
                  y jurídicas que implementen acciones para la eliminación de  insumos de plásticos en sus procesos
                  productivos.

                  Asimismo, se establece un estímulo fiscal consistente en la reducción del 100% del pago de los
                  derechos por los servicios de Evaluación, expedición y  certificación  anual de fuentes fijas de
                  competencia  estatal que emitan humos, polvos, gases, vapores, olores u  otros a la atmósfera, de
                  acuerdo al tipo de equipo y/o actividad en cada proceso de la industria, a las personas físicas y jurídicas
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