Page 54 - 1. Iniciativa de Ley de Ingresos, para el Ejercicio Fiscal 2024
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Gobierno del Estado de Puebla





                  1. Municipio de Puebla .............................................................................................................. $2,035.00

                  2. Municipios del interior del Estado ......................................................................................... $2,845.00

                  V. Por examen para obtener la cédula como perito en materia de protección civil ..................... $745.00

                  VI. Por el trámite de expedición de cédula de perito en materia de protección civil ................. $4,430.00

                  VII. Por la renovación anual de la cédula como perito en materia de protección civil .............. $2,235.00

                  VIII. Por el análisis y en su caso aprobación y registro de Programas Internos de Protección Civil a
                  industria y comercio de la iniciativa privada:

                                2
                  a) Hasta 500 m  de superficie del predio……………………………………………………………....$525.00

                  b) Por cada m  o fracción adicional a los 500 m  de superficie del predio………………...……………$3.00
                              2
                                                           2

                  IX. Por el análisis y en su caso aprobación y registro del Programa Interno de Protección Civil Especial
                  para obra en proceso constructivo o demolición:

                               2
                  a) Hasta 500 m  de superficie del predio…………………………………………………………...$10,995.00

                  b) Por cada m  o fracción adicional a los 500 m  de superficie del predio ...................................... $5.00
                               2
                                                            2

                                                         CAPÍTULO III
                                     DE LOS DERECHOS POR LOS SERVICIOS PRESTADOS
                                      POR LA SECRETARÍA DE PLANEACIÓN Y FINANZAS

                  ARTÍCULO 30. Los derechos por los servicios prestados por la Secretaría de Planeación y Finanzas,
                  se causarán y pagarán de conformidad con las cuotas y tarifas siguientes:

                                                         APARTADO A
                                                  DEL CONTROL VEHICULAR

                  I. De las placas de circulación:

                  a)  Por  la expedición, reposición  o canje  de  placas de circulación  del Transporte Privado del Servicio
                  Particular, que incluye calcomanía de identificación vehicular:

                  1. Vehículos automotores, excepto motocicletas ...................................................................... $1,160.00

                  2. Remolques ............................................................................................................................... $880.00

                  3. Motocicletas.............................................................................................................................. $490.00

                  No se otorgará tarjeta de circulación, placas o cualquier otro documento que permita la circulación
                  vehicular, ni se aceptará el pago del Impuesto Sobre Tenencia o Uso de Vehículos en los casos
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