Page 44 - 1. Iniciativa de Ley de Ingresos, para el Ejercicio Fiscal 2024
P. 44
Gobierno del Estado de Puebla
Lo dispuesto en el párrafo anterior también será aplicable cuando las disposiciones estatales o
federales que contengan exenciones totales o parciales, o consideren a personas como no sujetos de
contribuciones estatales, otorguen tratamientos preferenciales o diferenciales en materia de ingresos y
contribuciones estatales, se encuentren contenidos en normas jurídicas que tengan por objeto la
creación de organismos públicos descentralizados, empresas de participación estatal mayoritaria,
fideicomisos públicos, comisiones y demás órganos de carácter público que conforman la
Administración Pública Paraestatal.
ARTÍCULO 14. La recaudación proveniente de las contribuciones a que se refiere esta Ley, podrá ser
bursatilizada o fideicomitida, en términos de lo dispuesto en la legislación de la materia y en las demás
disposiciones y normatividad que resulten aplicables.
ARTÍCULO 15. En el Ejercicio Fiscal de dos mil veinticuatro, toda iniciativa en materia fiscal deberá
incluir en su exposición de motivos el impacto recaudatorio de cada una de las medidas propuestas.
Asimismo, en cada una de las explicaciones establecidas en dicha exposición de motivos se deberá
incluir claramente el artículo del ordenamiento de que se trate en el cual se llevarían a cabo las
reformas.
TÍTULO SEGUNDO
DE LOS IMPUESTOS
CAPÍTULO I
DEL IMPUESTO SOBRE EROGACIONES
POR REMUNERACIONES AL TRABAJO PERSONAL
ARTÍCULO 16. El Impuesto Sobre Erogaciones por Remuneraciones al Trabajo Personal, se pagará
aplicando a la base a que se refiere la Ley de Hacienda para el Estado Libre y Soberano de Puebla, la
tasa del………………………………………………………………………………………………………….3%
CAPÍTULO II
DEL IMPUESTO SOBRE TENENCIA O USO DE VEHÍCULOS
ARTÍCULO 17. El Impuesto Sobre Tenencia o Uso de Vehículos a que se refiere la Ley de Hacienda
para el Estado Libre y Soberano de Puebla, se pagará de conformidad con las cuotas, tasas y tarifas
siguientes:
I. Automóviles nuevos, destinados al transporte hasta de quince pasajeros, y vehículos usados de 1 a
9 años modelo de antigüedad:
TARIFA
Tasa para aplicarse sobre el
Límite inferior Límite superior Cuota fija
excedente del límite inferior
Valor total del vehículo
$ $ $ %
0.01 944,726.30 0.00 3
944,726.31 1,818,296.65 28,344.48 8.7
1,818,296.66 2,443,992.26 104,335.79 13.3
2,443,992.27 3,069,687.89 187,553.29 16.8