Page 46 - 1. Iniciativa de Ley de Ingresos, para el Ejercicio Fiscal 2024
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Gobierno del Estado de Puebla
ARTÍCULO 18. El pago del Impuesto Sobre Adquisición de Vehículos Automotores Usados, será la
cantidad que resulte de aplicar a la base a que se refiere la Ley de Hacienda para el Estado Libre y
Soberano de Puebla, la tasa del ......................................................................................................... 0%
ARTÍCULO 19. Los sujetos de este Impuesto que adquieran vehículos automotores cuyos modelos
sean de más de diez años de fabricación nacional, anteriores a la aplicación de esta Ley, pagarán la
cuota de ............................................................................................................................................ $0.00
CAPÍTULO IV
DEL IMPUESTO SOBRE SERVICIOS DE HOSPEDAJE
ARTÍCULO 20. El Impuesto Sobre Servicios de Hospedaje, se pagará aplicando a la base a que se
refiere la Ley de Hacienda para el Estado Libre y Soberano de Puebla, la tasa del .......................... 3%
CAPÍTULO V
DEL IMPUESTO ESTATAL SOBRE LOTERÍAS, RIFAS, SORTEOS Y CONCURSOS
ARTÍCULO 21. El Impuesto Estatal Sobre Loterías, Rifas, Sorteos y Concursos, se pagará
aplicando a la base a que se refiere la Ley de Hacienda para el Estado Libre y Soberano de Puebla,
la tasa del ................................................................................................................................... 6%
CAPÍTULO VI
DEL IMPUESTO ESTATAL SOBRE LA REALIZACIÓN DE
JUEGOS CON APUESTAS Y SORTEOS
ARTÍCULO 22. El Impuesto Estatal Sobre la Realización de Juegos con Apuestas y Sorteos, se pagará
aplicando a las bases a que se refiere la Ley de Hacienda para el Estado Libre y Soberano de Puebla,
la tasa del ............................................................................................................................................ 6%
TÍTULO TERCERO
DE LOS DERECHOS
CAPÍTULO I
DE LOS DERECHOS POR LOS SERVICIOS PRESTADOS
POR LA CONSEJERÍA JURÍDICA
ARTÍCULO 23. Los derechos por los servicios prestados por la Consejería Jurídica, a través de la
Dirección General del Notariado, se causarán y pagarán de conformidad con las cuotas siguientes:
I. Por la constancia del registro de convenio de suplencia o asociación, por cada una ......... $1,395.00
II. Por la constancia de registro de patente de aspirante o de persona titular de Notaría, por cada
una ................................................................................................................................... $4,690.00
III. Por el examen para obtener las patentes de aspirante o de Titular de Notaría, por cada
uno .................................................................................................................................. $4,355.00