Page 60 - Iniciativa de Ley de Egresos 2025 V12
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Gobierno del Estado de Puebla
ARTÍCULO 32. Los derechos por los servicios prestados por la Secretaría de Planeación y Finanzas,
a través del Instituto Registral y Catastral del Estado de Puebla, por conducto de la Dirección de
Registro Público de la Propiedad, se causarán y pagarán de conformidad con las cuotas siguientes:
APARTADO A
DE LA PROPIEDAD
SECCIÓN I
DEL FOLIO REAL INMOBILIARIO
I. Por inscripciones relativas a la declaración, reconocimiento, adquisición o transmisión de la propiedad
o posesión de bienes inmuebles o derechos reales sobre los mismos, por cualquier título, incluyendo
la compraventa a plazos, la compraventa con reserva de dominio, la permuta o cualquier otra condición
resolutoria o suspensiva, por cada acto jurídico y por cada inmueble que se
afecte……………………………………………………………………………………………………$4,780.00
II. Por la inscripción de operaciones relativas a fideicomisos, sobre bienes inmuebles:
a) Por la constitución del fideicomiso………………………………………………………………...$6,025.00
b) Por cada nota de relación de asientos sobre inmuebles fideicomitidos derivados del inciso anterior,
así como la cancelación de cada una de éstas………………………………………………………..$330.00
c) Por modificación de cualquier naturaleza, transmisión, sustitución o cesión de derechos de
fideicomitente, fideicomisario o fiduciario, según corresponda……………………………………$1,645.00
III. Por la inscripción o modificación de actos por los que se fraccione, divida, subdivida, segregue,
fusione, lotifique o relotifique un inmueble, así como la división de copropiedad, por cada unidad
resultante:
a) Fraccionamiento urbano o suburbano residencial, comercial, industrial o de servicios……...$1,150.00
b) Fraccionamiento de tipo medio, interés social y popular o agropecuario y cementerios……….$360.00
c) Por la constitución de régimen de propiedad en condominio o sus modificaciones, por cada lote, piso,
departamento, vivienda, local o cualquier otra unidad privativa no considerada en las
anteriores…………………………………………………………………………………………………$660.00
d) Por la fusión de predios, por cada uno de los lotes fusionados, así como el resultante………...$635.00
e) Por la división de copropiedad, por cada lote, nivel, departamento, vivienda o local…………...$635.00
f) Por la división de un predio urbano o suburbano residencial, comercial, industrial o de servicios, hasta
en diez fracciones……………………………………………………………………………………...$1,150.00
g) Por la división de un predio urbano o suburbano de tipo medio, interés social y popular o agropecuario
hasta en diez fracciones…………………………………………………………………………………$360.00
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