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Gobierno del Estado de Puebla
APARTADO D
GENERALIDADES
I. No se causará el pago de los derechos establecidos en los Apartados A, B y C del presente artículo,
en los siguientes supuestos:
a) Cuando se trate de eventos sin fines de lucro de carácter cívico, artístico, educativo o cultural.
b) Cuando se trate de eventos que autorice el Organismo como parte de la Agenda Gubernamental.
II. El cobro de los derechos a que se refiere este artículo, sólo podrá realizarse una vez que Capital de
la Tecnología y Sostenibilidad autorice el uso de los espacios correspondientes.
ARTÍCULO 53. Los derechos por los servicios prestados por Carreteras de Cuota-Puebla, se
causarán y pagarán de conformidad con las cuotas siguientes:
I. Por el análisis jurídico, técnico, operativo y financiero que sirva como base a la autoridad para el
otorgamiento de una concesión a las personas morales que se constituyan para la prestación del
servicio público de transporte, en la modalidad de Sistema de Transporte Público Masivo establecido
por el Gobierno del Estado, por cada vehículo que se inscriba…………………………………..$34,825.00
II. Por el análisis jurídico, técnico, operativo y financiero que sirva como base a la autoridad para
autorizar la transmisión o cesión de las concesiones del servicio público de transporte en la modalidad
de Sistema de Transporte Público Masivo establecido por el Gobierno del Estado, por cada
vehículo………………………………………………………………………………………………..$34,825.00
III. Por el análisis anual, tendiente a verificar que no han variado las condiciones en que se expidieron
las placas del servicio público de transporte en la modalidad de Sistema de Transporte Público Masivo
establecido por el Gobierno del Estado, por cada vehículo………………………………………..$1,830.00
IV. Por autorización para el cambio de vehículo atendiendo al modelo o capacidad de servicio público
en la modalidad de Sistema de Transporte Público Masivo establecido por el Gobierno del
Estado……………………………………………………………………………………………………..$445.00
La autorización a que se refiere esta fracción implica, en todos los casos, solicitar la reposición de la
calcomanía de identificación vehicular, independientemente del pago de la cuota de derechos por los
servicios prestados de que se trate.
V. Por el trámite de baja de vehículo y/o de placas del servicio público del transporte en el Registro de
Concesiones y Permisos del Servicio de Transporte Público en la modalidad de Sistema de Transporte
Público Masivo establecido por el Gobierno del Estado……………………………………………...$175.00
VI. Por la revisión documental e inspección física y mecánica de los vehículos destinados al servicio
público de transporte en la modalidad de Sistema de Transporte Público Masivo establecido por el
Gobierno del Estado para comprobar el cumplimiento de las condiciones de operación para la óptima
prestación del servicio, por cada uno…………………………………………………………………..$430.00
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