Page 143 - Iniciativa Ley Ingresos 2026 F
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Gobierno del Estado de Puebla




                  XIV. Por la elaboración de estudio de ampliación del parque vehicular en una ruta del servicio público
                  de transporte en la modalidad de Sistema de Transporte Público Masivo establecido por el Gobierno
                  del Estado……………………………………………………………………………………………..$11,705.00

                  XV. Por la elaboración de estudio de factibilidad de nuevas rutas del servicio público de transporte en
                  la  modalidad  de  Sistema  de  Transporte  Público  Masivo  establecido  por  el  Gobierno  del
                  Estado…………………………………………………………………………………………………$23,315.00

                  XVI. Por la expedición de la constancia de autorización para que los vehículos destinados al servicio
                  público de transporte en la modalidad de Sistema de Transporte Público Masivo establecido por el
                  Gobierno del Estado, porten publicidad en el interior o en el medallón, por cada vehículo……….$790.00

                  XVII. Por las bases de licitación en materia de concesiones, permisos o autorizaciones relativas al
                  servicio público de transporte, en la modalidad de Sistema de Transporte Público Masivo establecido
                  por el Gobierno del Estado y sus servicios auxiliares, por cada una…………………………….$50,465.00

                  XVIII. Por el análisis a la solicitud de la concesionaria relativa a la revisión anual del incremento en la
                  contraprestación establecida en las concesiones del Servicio Público de Transporte, en la modalidad
                  del Sistema de Transporte Público Masivo, otorgadas por el Gobierno del Estado……………$33,490.00

                  El plazo para el pago de los derechos a que se refiere la fracción III de este artículo, será el mismo que
                  se  señale  para  el  pago  de  los  derechos  por  los  Servicios  de  Control  Vehicular,  debiendo  cubrirse
                  conjuntamente.

                  Para que la autoridad fiscal reciba el pago de los derechos a que se refieren las diversas I, II, IV, V, VII
                  y VIII de este artículo, deberá contarse con la aprobación del Organismo, misma que la hará constar
                  en el Registro Estatal Vehicular y en los expedientes administrativos que para estos efectos se integren.

                  Para que la autoridad fiscal reciba el pago de los derechos a que se refiere la fracción III, de este
                  artículo, deberá contarse con la aprobación de Carreteras de Cuota-Puebla, misma que la hará constar
                  en el Registro Estatal Vehicular.

                  ARTÍCULO 54. Los derechos por los servicios prestados por el Colegio de Bachilleres del Estado de
                  Puebla, se causarán y pagarán de conformidad con las cuotas siguientes:

                  I. Por cuota de recuperación para evaluación de diagnóstico, por alumno…………………………$590.00

                  II. Por la aportación para servicios generales y académicos, por alumno………………………..$1,025.00

                  III.  Por  curso  propedéutico  de  verano  para  estudiantes  de  ingreso  a  primer  semestre,  por
                  alumno…………………………………………………………………………………………………….$570.00

                  IV. Por revalidación y equivalencia de estudios, por materia………………………………………….$20.00

                  V. Por la expedición o duplicado de certificados de terminación de estudios, por cada uno………$405.00

                  VI. Por la expedición de certificados parciales, por cada uno…………….………………………….$320.00





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