Page 28 - Iniciativa Ley Ingresos 2026 F
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Gobierno del Estado de Puebla




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                                  Tasas aplicables para el cobro de impuestos estatales en 2026


                                                 Concepto                                      Tasa
                   Impuesto Sobre Erogaciones por Remuneraciones al Trabajo Personal            3.0%
                   Impuesto Sobre Adquisición de Vehículos Automotores Usados                   0.0%
                   Impuesto Sobre Servicios de Hospedaje                                        3.0%
                   Impuesto Estatal Sobre Loterías, Rifas, Sorteos y Concursos                  6.0%
                   Impuesto Estatal Sobre la Realización de Juegos con Apuestas y Sorteos       6.0%

                  Con relación al Impuesto Sobre Tenencia o Uso de Vehículos se mantiene el esquema establecido en
                  2025 y años anteriores; por lo que se propone actualizar con un factor de 4.0% las cuotas y tarifas
                  previstas en este ordenamiento tomando en consideración la antigüedad y el valor total del vehículo;
                  no obstante, las tasas previstas en el artículo 17, fracciones I y II se mantienen sin cambio, de acuerdo
                  con la política de ingresos expuesta para el ejercicio fiscal 2026.

                  Independientemente de lo anterior, con la finalidad de apoyar y fortalecer la economía de las familias
                  poblanas  y  residentes  que  se  ubican  en  el  territorio  de  la  entidad,  se  propone  dar  continuidad  al
                  Programa de Apoyo en el pago del 100% del Impuesto Sobre Tenencia o Uso de Vehículos, para los
                  contribuyentes cumplidos, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 46 de la Ley de Hacienda para el
                  Estado Libre y Soberano de Puebla, y las reglas que emita la Secretaría de Planeación, Finanzas y
                  Administración.

                  VII.3. Derechos

                  En relación con los ingresos obtenidos por concepto de Derechos que se pagan al Estado por el uso
                  de bienes y la prestación de servicios en el ejercicio de sus funciones de derecho público, se plantea
                  como factor de actualización general para las cuotas y tarifas, una tasa del 4.0%, cifra que responde a
                  la tendencia mostrada de enero a junio de 2025 del indicador que mide el nivel de precios en la Ciudad
                  de Puebla, y a nivel Nacional.

                  Cabe aclarar que las cuotas iguales o inferiores a 60.00 pesos se ajustan al múltiplo superior de 1.00
                  peso; en tanto que las cuotas mayores a esa cantidad se redondean al múltiplo de 5.00 pesos inmediato
                  superior.















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