Page 38 - Iniciativa Ley Ingresos 2026 F
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Gobierno del Estado de Puebla
En el marco del conjunto de acciones emprendidas para el cuidado y protección del medio ambiente
se plantea continuar con el estímulo fiscal por algunos servicios que presta la Secretaría de Medio
Ambiente, Desarrollo Sustentable y Ordenamiento Territorial, y favorecer la eliminación de insumos de
plásticos en los procesos productivos.
El estímulo fiscal consiste en la reducción del 100% en el pago de los siguientes derechos:
• Evaluación del Plan de Manejo de Residuos de Manejo Especial.
• Renovación anual de la evaluación del Plan de Manejo de Residuos de Manejo Especial.
• Que cumplan con la normatividad en materia de emisión de humos, polvos, gases, vapores, olores
u otros y que implementen uno o más equipos de control de emisiones a la atmósfera que
considere una o más fuentes fijas.
En lo que respecta a los derechos en materia de transporte, sujeto al análisis y/o dictamen que emitan
las autoridades competentes de la Secretaría de Movilidad y Transporte, se proponen los siguientes
estímulos fiscales:
• 50% por la expedición, renovación o reposición de licencias de chofer del servicio de transporte
público y mercantil.
• 80% en los casos de que la cesión de derechos de una concesión se realice por una persona física
a una persona moral.
Con el propósito de coadyuvar con la regularización de adeudos fiscales en materia de contribuciones
estatales, se propone un esquema de beneficios fiscales de acuerdo con lo siguiente:
• Adeudos y créditos fiscales (Monto histórico + actualización + recargos + multas) causados con
anterioridad al ejercicio fiscal 2021, con un 60% de reducción.
• Gastos de ejecución de los créditos y adeudos citados en el punto anterior, una reducción del
100%.
• Recargos y multas de créditos fiscales de contribuciones estatales causados de 2021 a 2024, una
reducción del 100%.
• Recargos y multas accesorios de los impuestos y derechos estatales causados durante los
ejercicios fiscales de 2021 a 2024, cuando los contribuyentes se encuentren sujetos al ejercicio de
facultades de comprobación, siempre que subsanen las irregularidades detectadas y se
autocorrijan dentro del plazo establecido por el procedimiento correspondiente, sin exceder del 31
de diciembre de 2026, una reducción del 100%.
• Multas por incumplimiento de las obligaciones fiscales estatales distintas a las obligaciones de
pago, impuestas con anterioridad al ejercicio fiscal de 2021, una reducción del 60%.
• Multas por incumplimiento de las obligaciones fiscales estatales distintas a las obligaciones de
pago, del ejercicio fiscal 2021 a 2025, una reducción del 40%.
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