Page 38 - Iniciativa Ley Ingresos 2026 F
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Gobierno del Estado de Puebla




                  En el marco del conjunto de acciones emprendidas para el cuidado y protección del medio ambiente
                  se plantea continuar con el estímulo fiscal por algunos servicios que presta la Secretaría de Medio
                  Ambiente, Desarrollo Sustentable y Ordenamiento Territorial, y favorecer la eliminación de insumos de
                  plásticos en los procesos productivos.

                  El estímulo fiscal consiste en la reducción del 100% en el pago de los siguientes derechos:

                   •  Evaluación del Plan de Manejo de Residuos de Manejo Especial.

                   •  Renovación anual de la evaluación del Plan de Manejo de Residuos de Manejo Especial.

                   •  Que cumplan con la normatividad en materia de emisión de humos, polvos, gases, vapores, olores
                      u  otros  y  que  implementen  uno  o  más  equipos  de  control  de  emisiones  a  la  atmósfera  que
                      considere una o más fuentes fijas.

                  En lo que respecta a los derechos en materia de transporte, sujeto al análisis y/o dictamen que emitan
                  las autoridades competentes de la Secretaría de Movilidad y Transporte, se proponen los siguientes
                  estímulos fiscales:

                   •  50% por la expedición, renovación o reposición de licencias de chofer del servicio de transporte
                      público y mercantil.

                   •  80% en los casos de que la cesión de derechos de una concesión se realice por una persona física
                      a una persona moral.

                  Con el propósito de coadyuvar con la regularización de adeudos fiscales en materia de contribuciones
                  estatales, se propone un esquema de beneficios fiscales de acuerdo con lo siguiente:

                   •  Adeudos y créditos fiscales (Monto histórico + actualización + recargos + multas) causados con
                      anterioridad al ejercicio fiscal 2021, con un 60% de reducción.

                   •  Gastos de ejecución de los créditos y adeudos citados en el punto anterior, una reducción del
                      100%.

                   •  Recargos y multas de créditos fiscales de contribuciones estatales causados de 2021 a 2024, una
                      reducción del 100%.

                   •  Recargos  y  multas  accesorios  de  los  impuestos  y  derechos  estatales  causados  durante  los
                      ejercicios fiscales de 2021 a 2024, cuando los contribuyentes se encuentren sujetos al ejercicio de
                      facultades  de  comprobación,  siempre  que  subsanen  las  irregularidades  detectadas  y  se
                      autocorrijan dentro del plazo establecido por el procedimiento correspondiente, sin exceder del 31
                      de diciembre de 2026, una reducción del 100%.

                   •  Multas por incumplimiento de las obligaciones fiscales estatales distintas a las obligaciones de
                      pago, impuestas con anterioridad al ejercicio fiscal de 2021, una reducción del 60%.

                   •  Multas por incumplimiento de las obligaciones fiscales estatales distintas a las obligaciones de
                      pago, del ejercicio fiscal 2021 a 2025, una reducción del 40%.








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