Page 718 - Iniciativa Ley Egresos 2026 F
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APÉNDICE DEL APARTADO “A” NOTAS METODOLÓGICAS


                               1.  NOTA METODOLÓGICA PARA LA ELABORACIÓN DE LAS PROYECCIONES DE INGRESOS

                          Fundamento Legal

                          La Subsecretaría de Ingresos como Unidad Administrativa de la Secretaría de Planeación, Finanzas y Administración, elaboró la siguiente nota metodológica relativa
                          a la elaboración de las Proyecciones de Ingresos. Asimismo, y con fundamento en lo dispuesto en el artículo 40, fracción XIV, del Reglamento Interior de la Secretaría
                          de Planeación, Finanzas y Administración, es atribución de la Dirección de Inteligencia Tributaria, adscrita a la Subsecretaría de Ingresos, integrar el Presupuesto de
                          Ingresos del Estado con base en los objetivos, metas y estrategias de la Administración Pública del Estado.

                          Derivado  del  creciente  endeudamiento  en  el  que  han  incurrido  los  gobiernos  subnacionales  en  los  últimos  años  y  en  consecuencia  del  deterioro  que  han
                          experimentado sus finanzas públicas, se observó un riesgo para ellas ya que podrían comprometer su estabilidad en el futuro. De esa forma, el Ejecutivo Federal
                          aprobó el 17 de marzo de 2006 la “Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios (LDFEFM)”, misma que fue promulgada por el Poder
                          Ejecutivo el 27 de abril de 2016.

                          En  ese  sentido,  el  objetivo  principal  de  la  Ley  es  crear  una  regulación  en  materia  de  responsabilidad  hacendaria  y  financiera,  que  permita  a  los  gobiernos
                          subnacionales guiarse bajo ciertos criterios que incentivan una gestión responsable que fomente el crecimiento económico y la estabilidad en las finanzas públicas
                          locales.  Así,  los  objetivos  específicos  de  dicho  ordenamiento  consisten  en  promover  finanzas  públicas  locales  sostenibles,  a  través  de  diversas  reglas,  el  uso
                          responsable de la deuda pública, así como el fortalecimiento de la transparencia, a través de cinco componentes:

                               •   Reglas  de  disciplina  hacendaria  y  financiera:  Estas  reglas  incentivan  finanzas  públicas  sanas  en  gobiernos  subnacionales  mediante  principios  de
                                   responsabilidad hacendaria.
                               •   Sistema de Alertas:  Este sistema alerta cualquier riesgo ante los endeudamientos de las entidades federativas y los municipios y obliga a cumplir con
                                   convenios de responsabilidad hacendaria.
                               •   Contratación de deuda y obligaciones: Se garantiza que se contrate deuda al menor costo financiero y de manera transparente con fines que tengan
                                   beneficios.
                               •   Deuda Estatal Garantizada: El Gobierno de la República dará su aval crediticio con el propósito de que los estados y municipios accedan a un financiamiento
                                   más barato.
                               •   Registro Público Único: El registro sirve para inscribir y transparentar los financiamientos y obligaciones.



                          Es por ello que las proyecciones propuestas en la Ley de Ingresos del Estado de Puebla para el ejercicio fiscal respectivo se realizan con base a las disposiciones
                          contenidas en la LDFEM, las cuales determinan la programación presupuestaria a implementar y los alcances de la política fiscal establecida por el Gobierno del
                          Estado.










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