Page 719 - Iniciativa Ley Egresos 2026 F
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APÉNDICE DEL APARTADO “A” NOTAS METODOLÓGICAS
1. NOTA METODOLÓGICA PARA LA ELABORACIÓN DE LAS PROYECCIONES DE INGRESOS
Fundamento Legal
La Subsecretaría de Ingresos como Unidad Administrativa de la Secretaría de Planeación, Finanzas y Administración, elaboró la siguiente nota metodológica relativa
a la elaboración de las Proyecciones de Ingresos. Asimismo, y con fundamento en lo dispuesto en el artículo 40, fracción XIV, del Reglamento Interior de la Secretaría
de Planeación, Finanzas y Administración, es atribución de la Dirección de Inteligencia Tributaria, adscrita a la Subsecretaría de Ingresos, integrar el Presupuesto de
Ingresos del Estado con base en los objetivos, metas y estrategias de la Administración Pública del Estado.
Derivado del creciente endeudamiento en el que han incurrido los gobiernos subnacionales en los últimos años y en consecuencia del deterioro que han
experimentado sus finanzas públicas, se observó un riesgo para ellas ya que podrían comprometer su estabilidad en el futuro. De esa forma, el Ejecutivo Federal
aprobó el 17 de marzo de 2006 la “Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios (LDFEFM)”, misma que fue promulgada por el Poder
Ejecutivo el 27 de abril de 2016.
En ese sentido, el objetivo principal de la Ley es crear una regulación en materia de responsabilidad hacendaria y financiera, que permita a los gobiernos
subnacionales guiarse bajo ciertos criterios que incentivan una gestión responsable que fomente el crecimiento económico y la estabilidad en las finanzas públicas
locales. Así, los objetivos específicos de dicho ordenamiento consisten en promover finanzas públicas locales sostenibles, a través de diversas reglas, el uso
responsable de la deuda pública, así como el fortalecimiento de la transparencia, a través de cinco componentes:
• Reglas de disciplina hacendaria y financiera: Estas reglas incentivan finanzas públicas sanas en gobiernos subnacionales mediante principios de
responsabilidad hacendaria.
• Sistema de Alertas: Este sistema alerta cualquier riesgo ante los endeudamientos de las entidades federativas y los municipios y obliga a cumplir con
convenios de responsabilidad hacendaria.
• Contratación de deuda y obligaciones: Se garantiza que se contrate deuda al menor costo financiero y de manera transparente con fines que tengan
beneficios.
• Deuda Estatal Garantizada: El Gobierno de la República dará su aval crediticio con el propósito de que los estados y municipios accedan a un financiamiento
más barato.
• Registro Público Único: El registro sirve para inscribir y transparentar los financiamientos y obligaciones.
Es por ello que las proyecciones propuestas en la Ley de Ingresos del Estado de Puebla para el ejercicio fiscal respectivo se realizan con base a las disposiciones
contenidas en la LDFEM, las cuales determinan la programación presupuestaria a implementar y los alcances de la política fiscal establecida por el Gobierno del
Estado.
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