Page 47 - Iniciativa de Ley de Egresos 2025 V12
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Gobierno del Estado de Puebla




                                                         CAPÍTULO II
                                   DEL IMPUESTO SOBRE TENENCIA O USO DE VEHÍCULOS

                  ARTÍCULO 17. El Impuesto Sobre Tenencia o Uso de Vehículos a que se refiere la Ley de Hacienda
                  para el Estado Libre y Soberano de Puebla, se pagará de conformidad con las cuotas, tasas y tarifas
                  siguientes:

                  I. Automóviles nuevos, destinados al transporte hasta de quince pasajeros, y vehículos usados de 1 a
                  9 años modelo de antigüedad:

                                                            TARIFA
                                                                                     Tasa para aplicarse sobre el
                        Límite inferior        Límite superior        Cuota fija
                                                                                      excedente del límite inferior
                                                       Valor total del vehículo
                             $                      $                    $                     %
                            0.01                996,686.25              0.00                    3
                          996,686.26            1,918,302.97          29,903.43                8.7
                         1,918,302.98           2,578,411.83          110,074.26               13.3
                         2,578,411.84           3,238,520.72          197,868.72               16.8
                         3,238,520.73           En adelante           308,767.05               19.1

                  II. Motocicletas nuevas:

                                                            TARIFA
                                                                                      Tasa para aplicarse sobre el
                        Límite inferior       Límite superior         Cuota fija
                                                                                      excedente del límite inferior
                                                     Valor total de la motocicleta
                            $                      $                     $                      %
                           0.01                417,644.66               0.00                    3
                         417,644.67            574,359.41             12,529.35                8.7
                         574,359.42            772,002.75             26,163.51                13.3
                         772,002.76            En adelante            52,450.05                16.8

                  III. Vehículos Ecológicos, tales como automotores eléctricos, híbridos eléctricos o con motor accionado
                  por hidrógeno o por cualquier otra fuente de energía alterna no contaminante para protección del medio
                  ambiente………………………………………………………………………………………………………..0%

                  IV. Vehículos usados de más de diez años modelo de antigüedad:

                  a) Vehículos destinados al servicio particular:

                  1. Motocicletas……………………………………………………………………………………………$225.00

                  2. Hasta 4 cilindros……………………………………………………………………………………….$410.00

                  3. De 5 y 6 cilindros………………………………………………………………………………………$645.00

                  4. De más de 6 cilindros………………………………………………………………………………….$855.00

                  b) Vehículos destinados al servicio público:





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