Page 29 - Iniciativa Ley Egresos 2026
P. 29
Principios que conforman la Política de Ingresos
La Política de los Ingresos del Estado de Puebla para el Ejercicio Fiscal 2026, estará orientada a
aumentar la autonomía fiscal de la entidad, para depender en menor medida de los recursos que
transfiere la federación, así como generar mayores recursos de libre disposición para atender las
necesidades de la población. En este sentido, destacan los siguientes objetivos:
• Facilitar las medidas para el cumplimiento voluntario de las obligaciones fiscales de los
contribuyentes.
• Robustecer los esquemas de vigilancia de obligaciones fiscales y la gestión de cobro.
• Identificar conductas de evasión u omisión de obligaciones fiscales mediante el incremento
de la presencia fiscal.
• Combatir la entrada ilegal de mercancías y vehículos de procedencia extranjera.
• Garantizar el intercambio de información con otras dependencias estatales y federales.
• Mejorar las plataformas tecnológicas existentes y aprovechar el uso de las nuevas
Tecnologías de la Información y la Comunicación.
1. Impuestos
La política tributaria del Estado se mantendrá estable y predecible, privilegiando la certeza
jurídica y preservando las condiciones para fomentar la competitividad económica; por lo que
para el ejercicio fiscal 2026, no se contempla la creación de nuevos impuestos y se propone
mantener las tasas impositivas de los impuestos ya existentes.
Tabla 3
Tasas de impuestos estatales 2026
Concepto Tasa
Impuesto Sobre Erogaciones por Remuneraciones al Trabajo Personal 3.0%
Impuesto Sobre Adquisición de Vehículos Automotores Usados 0.0%
Impuesto Sobre Servicios de Hospedaje 3.0%
Impuesto Estatal Sobre Loterías, Rifas, Sorteos y Concursos 6.0%
Impuesto Estatal Sobre la Realización de Juegos con Apuestas y Sorteos 6.0%
Fuente: SPFA; Subsecretaría de Ingresos; Dirección de Inteligencia Tributaria.
Con relación al Impuesto Sobre Tenencia o Uso de Vehículos se mantiene el esquema establecido
en 2025 y años anteriores; por lo que se propone actualizar con un factor de 4.0% las cuotas y
tarifas previstas en la Iniciativa de Ley de Ingresos para el Ejercicio Fiscal 2026, tomando en
consideración la antigüedad y el valor total del vehículo; no obstante, las tasas previstas en el
artículo 17, fracciones I y II se mantienen sin cambio.
Independientemente de lo anterior, con la finalidad de apoyar y fortalecer la economía de las
familias poblanas y residentes de la entidad, se propone dar continuidad al Programa de Apoyo
en el pago del 100% del Impuesto Sobre Tenencia o Uso de Vehículos, para los contribuyentes
cumplidos, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 46 de la Ley de Hacienda para el Estado
Libre y Soberano de Puebla, y las reglas que emita la Secretaría de Planeación, Finanzas y
Administración.
2. Derechos
En relación con los ingresos obtenidos por concepto de Derechos se plantea como factor de
[27]

