Page 83 - 2. Proyecto de Presupuesto de Egresos, Ejercicio Fiscal 2024
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Gobierno del Estado de Puebla




                  IV. Adquirir o arrendar mobiliario y equipo que se destine para oficinas públicas, exceptuando aquellas
                  erogaciones  que  sean  necesarias  para  el  cumplimiento  de  disposiciones  legales,  programas  o
                  proyectos prioritarios, institucionales, de infraestructura o de alto impacto social aprobados y cuenten
                  con Disponibilidad Presupuestaria, y

                  V.  Adquirir  o  arrendar  vehículos,  exceptuando  aquellos  casos  en  que  se  destinen  a  programas
                  prioritarios,  remitiendo  a  la  Secretaría  de  Administración  la  debida  justificación  y  cuenten  con
                  Disponibilidad Presupuestaria.

                  Los Poderes Legislativo y Judicial, así como los Organismos Constitucionalmente Autónomos, para
                  realizar este tipo de erogaciones requerirán, en forma específica y previa al ejercicio de los Recursos
                  Públicos,  la  autorización  por  escrito  de  su  respectiva  autoridad  de  gobierno.  En  el  caso  de  las
                  Dependencias  y  Entidades  deberán  contar  con  la  autorización  de  la  Secretaría.  Las  Entidades
                  realizarán las gestiones, previa autorización de su Órgano de Gobierno.

                  ARTÍCULO 75 Las Dependencias y Entidades deberán observar en su Gasto de Operación lo siguiente:

                  I. Llevar a cabo el procedimiento de desincorporación y enajenación de aquellos bienes improductivos
                  u obsoletos, ociosos o innecesarios, que generen gastos de mantenimiento, a través de subastas
                  consolidadas que se efectúen por conducto de la Secretaría de Administración;

                  II. El gasto de mantenimiento de vehículos, mobiliario e inmuebles, deberá realizarse en seguimiento
                  a  su  programa  anual  de  adquisiciones,  arrendamientos  y  servicios,  en  términos  de  la  Ley  de
                  Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público Estatal y Municipal, con la finalidad de
                  reducir Gastos de Operación, y

                  III. Implementar, en los casos que proceda, la celebración de videoconferencias, así como el uso de
                  los sistemas o medios electrónicos disponibles conforme lo requiera la Secretaría, con la finalidad de
                  reducir el gasto de viáticos y pasajes.

                  ARTÍCULO 76 Los gastos de publicidad, difusión, producción e información de la imagen institucional
                  y demás gastos relacionados con actividades de comunicación social, se realizarán a través de la
                  instancia competente en la materia, de conformidad con las disposiciones legales aplicables.

                  Asimismo, las Dependencias y Entidades bajo la coordinación de la instancia competente, podrán
                  realizar  erogaciones  destinadas  a  dichas  actividades,  siempre  y  cuando  tengan  relación  con  las
                  funciones  que  les  correspondan,  en  los  términos  de  las  disposiciones  legales  y  reglamentarias
                  aplicables a la esfera de su competencia y en apego al Manual.

                  ARTÍCULO  77  En  la  contratación  de  personas  físicas  o  morales  para  asesorías,  consultorías,
                  investigaciones, estudios y otros trabajos, las Dependencias y Entidades, además de apegarse a lo
                  establecido  en  la  Ley  de  Adquisiciones,  Arrendamientos  y  Servicios  del  Sector  Público  Estatal  y
                  Municipal, deberán observar los siguientes requisitos:

                  I. Disponer de Suficiencia Presupuestaria;

                  II. Que se trate de servicios que no puedan satisfacerse con el personal y los recursos técnicos con
                  que cuenten;

                  III. Que los servicios a contratar se especifiquen y sean indispensables para el cumplimiento de los
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