Page 229 - Iniciativa Ley Ingresos 2026 F
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Gobierno del Estado de Puebla





                  I. Impuesto Sobre Erogaciones por Remuneraciones al Trabajo Personal;

                  II. Impuesto Sobre Servicios de Hospedaje;

                  III. Impuesto Sobre Tenencia o Uso de Vehículos y Derechos por los Servicios de Control Vehicular;

                  IV. Impuesto Estatal Sobre la Realización de Juegos con Apuestas y Sorteos.

                  V. Multas provenientes de vigilancia del cumplimiento de las obligaciones fiscales estatales; y

                  VI. Multas impuestas por autoridades distintas de las fiscales.

                                                         APARTADO A
                                                     DE LOS BENEFICIOS

                  I. La reducción se aplicará por las autoridades fiscales bajo los siguientes parámetros:

                  a) 60% tratándose de adeudos y créditos fiscales provenientes de impuestos y derechos estatales,
                  causados con anterioridad al ejercicio fiscal 2021, así como, sus actualizaciones, multas y recargos;

                  b) 100% de los gastos de ejecución relativos a los créditos fiscales y adeudos a que se refiere el inciso
                  anterior;

                  c) 100% respecto de recargos y multas, accesorios de las contribuciones estatales causadas durante
                  los ejercicios fiscales de 2021 a 2024;

                  d) 100% respecto de recargos y multas, accesorios de los impuestos y derechos estatales causados
                  durante los ejercicios fiscales de 2021 a 2024, cuando los contribuyentes se encuentren sujetos al
                  ejercicio de facultades de comprobación, siempre que subsanen las irregularidades detectadas y se
                  autocorrijan dentro del plazo establecido por el procedimiento correspondiente, sin exceder del 31 de
                  diciembre de 2026.

                  e)  60%  sobre  multas  por  incumplimiento  de  las  obligaciones  fiscales  estatales  distintas  a  las
                  obligaciones de pago, impuestas con anterioridad al ejercicio fiscal 2021;

                  f)  40%  sobre  multas  por  incumplimiento  de  las  obligaciones  fiscales  estatales  distintas  a  las
                  obligaciones de pago, impuestas durante los ejercicios fiscales de 2021 a 2025;

                  g) 40% del importe actualizado de las multas impuestas por las autoridades administrativas del Estado
                  distintas a las autoridades fiscales, recibidas para su cobro en el ejercicio fiscal 2024 y anteriores.

                                                         APARTADO B
                                                     DEL PROCEDIMIENTO

                  I. Para gozar de esta reducción, la parte no reducida de los impuestos y del crédito fiscal deberá ser
                  pagada totalmente en una sola exhibición.





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