Page 65 - 2. Proyecto de Presupuesto de Egresos, Ejercicio Fiscal 2024
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Gobierno del Estado de Puebla
ARTÍCULO 5 El Presupuesto de Egresos del Estado se presenta en:
I. Gasto Programable, que asciende a la cantidad de $94,635,576,026.00 (Noventa y cuatro mil
seiscientos treinta y cinco millones quinientos setenta y seis mil veintiséis pesos 00/100 M.N.), que
incluye las asignaciones correspondientes a los Programas Presupuestarios, y
II. Gasto No Programable, que asciende a la cantidad de $26,833,091,015.00 (Veintiséis mil
ochocientos treinta y tres millones noventa y un mil quince pesos 00/100 M.N.) que incluye deuda
pública, transferencias a municipios y adeudos de ejercicios fiscales anteriores.
La deuda pública, se desagrega en deuda por tipo de garantía y deuda por tipo de instrumento de
contratación, misma que se desglosa en los numerales 1, 2 y 3, Apartado B, del Anexo de
Transparencia.
ARTÍCULO 6 En la Clasificación Administrativa se asigna el Presupuesto de Egresos del Estado entre
los Ejecutores de Gasto, a través de los Ramos por Poderes, Autónomos, Administrativos y Generales,
de acuerdo con el desglose previsto en los incisos c y d, numeral 2, Apartado C, del Anexo de
Transparencia.
En el caso de las Entidades No Apoyadas, se sujetarán, además, a lo dispuesto en el artículo 28 de la
Ley.
Los Ramos Administrativos, se encuentran asignados de conformidad con los requerimientos de
políticas públicas que corresponden al Plan Estatal de Desarrollo, en cumplimiento a lo previsto por
el artículo 5 de la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios.
Los Ramos Generales, se encuentran asignados de conformidad con las facultades conferidas a las
instituciones que los administran, por lo que, al ser una medida de control presupuestario, no
corresponden al gasto de las mismas.
La asignación de recursos para el presente Ejercicio Fiscal, se realiza en cumplimiento de las
obligaciones constitucionales del Estado en materia de promoción, respeto, protección y garantía de
los derechos humanos, de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia,
indivisibilidad y progresividad, previstos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
La Secretaría emitirá el Oficio de Autorización correspondiente a los Ejecutores de Gasto conforme a
su presupuesto aprobado en la Ley o derivado de las Adecuaciones Presupuestarias efectuadas al
mismo, informando para tal fin la Disponibilidad Presupuestaria con que cuentan, sin que implique
responsabilidad alguna relacionada con el ejercicio, uso, aplicación o comprobación de los recursos.
ARTÍCULO 7 El Presupuesto de Egresos del Estado, se encuentra armonizado a tercer nivel, con el
Clasificador por Objeto del Gasto, emitido por el Consejo Nacional de Armonización Contable, mismo
que se muestra en el numeral 3, Apartado C, del Anexo de Transparencia.
ARTÍCULO 8 El Presupuesto de Egresos del Estado, de acuerdo con la Clasificación por Tipo de Gasto,
emitida por el Consejo Nacional de Armonización Contable, se presenta en el numeral 4, Apartado C,
del Anexo de Transparencia.
ARTÍCULO 9 La Clasificación Funcional del Gasto, de conformidad con los criterios emitidos por el
Consejo Nacional de Armonización Contable, distribuye los Recursos Públicos que integran el