Page 89 - 2. Proyecto de Presupuesto de Egresos, Ejercicio Fiscal 2024
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Gobierno del Estado de Puebla
lineamientos y demás disposiciones aplicables en la materia, y
IV. Difundir a la población a través de los canales de comunicación a su alcance, los Recursos Públicos
que conforme a la Ley se encuentran dirigidos al desarrollo integral de los pueblos y comunidades
indígenas, así como los objetivos, beneficios y requisitos para acceder a sus programas, en los
términos de la legislación aplicable.
Para el cumplimiento de las disposiciones contenidas en las fracciones anteriores, se estará a lo
dispuesto en la Ley de Derechos, Cultura y Desarrollo de los Pueblos y Comunidades Indígenas del
Estado de Puebla y su Reglamento, al Programa Especial de Pueblos Indígenas 2019-2024 y a las
demás disposiciones aplicables en la materia que emita la Instancia Rectora.
ARTÍCULO 96 Los Ejecutores de Gasto que promuevan a través de sus Programas Presupuestarios el
desarrollo integral de los pueblos y comunidades indígenas se encuentran desagregados en el
numeral 5, Apartado E, del Anexo de Transparencia.
SECCIÓN VI
DE LA ANTICORRUPCIÓN
ARTÍCULO 97 La Instancia Rectora en materia de Anticorrupción será la Secretaría Ejecutiva del
Sistema Estatal Anticorrupción y la responsable de verificar el avance y cumplimiento de los objetivos
y metas establecidos en el mismo.
ARTÍCULO 98 Los Ejecutores de Gasto vinculados a la temática de combate a la corrupción,
privilegiarán en el ejercicio de su presupuesto en el marco de sus atribuciones, la planeación armónica
en la implementación de Programas Presupuestarios encaminados a resultados que aseguren
acciones coordinadas, integrales, efectivas y orientadas a la prevención, detección y sanción de faltas
administrativas y hechos de corrupción, así como la fiscalización y control de recursos públicos,
considerando lo siguiente:
I. Ejercer su presupuesto bajo un enfoque anticorrupción, integrando objetivos e indicadores que
permitan la evaluación de los resultados;
II. Promover acciones anticorrupción en aquellos Programas Presupuestarios que contribuyan al logro
de las prioridades de política pública establecidas en la Política Estatal Anticorrupción del Sistema
Estatal Anticorrupción del Estado de Puebla, respecto de la prevención, detección y sanción de faltas
administrativas y hechos de corrupción, así como la fiscalización y control de recursos públicos, y
III. Identificar y vincular los ejes estratégicos y líneas de acción para dar seguimiento y transparentar
los recursos públicos destinados en materia de anticorrupción.
Los Ejecutores de Gasto en el ejercicio de su presupuesto, deberán atender los requerimientos de
información para el seguimiento, monitoreo y evaluación de las acciones para la prevención,
detección y sanción de faltas administrativas y hechos de corrupción, así como la fiscalización y
control de recursos públicos.
La Secretaría Ejecutiva del Sistema Estatal Anticorrupción, en su carácter de instancia técnica del
Sistema Estatal Anticorrupción del Estado de Puebla, dará seguimiento a la implementación de la
temática de combate a la corrupción para lo cual, deberá elaborar un informe anual de ejecución y
seguimiento del mismo con base en la metodología presentada para el presente Ejercicio Fiscal. Dicho