Page 89 - 2. Proyecto de Presupuesto de Egresos, Ejercicio Fiscal 2024
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Gobierno del Estado de Puebla



                  lineamientos y demás disposiciones aplicables en la materia, y

                  IV. Difundir a la población a través de los canales de comunicación a su alcance, los Recursos Públicos
                  que conforme a la Ley se encuentran dirigidos al desarrollo integral de los pueblos y comunidades
                  indígenas,  así  como  los  objetivos,  beneficios  y  requisitos  para  acceder  a  sus  programas,  en  los
                  términos de la legislación aplicable.

                  Para  el  cumplimiento  de  las  disposiciones  contenidas  en  las  fracciones  anteriores,  se  estará  a  lo
                  dispuesto en la Ley de Derechos, Cultura y Desarrollo de los Pueblos y Comunidades Indígenas del
                  Estado de Puebla y su Reglamento, al Programa Especial de Pueblos Indígenas 2019-2024 y a las
                  demás disposiciones aplicables en la materia que emita la Instancia Rectora.

                  ARTÍCULO 96 Los Ejecutores de Gasto que promuevan a través de sus Programas Presupuestarios el
                  desarrollo  integral  de  los  pueblos  y  comunidades  indígenas  se  encuentran  desagregados  en  el
                  numeral 5, Apartado E, del Anexo de Transparencia.

                                                        SECCIÓN VI
                                                  DE LA ANTICORRUPCIÓN

                  ARTÍCULO  97  La  Instancia  Rectora  en  materia  de  Anticorrupción  será  la  Secretaría  Ejecutiva  del
                  Sistema Estatal Anticorrupción y la responsable de verificar el avance y cumplimiento de los objetivos
                  y metas establecidos en el mismo.

                  ARTÍCULO  98  Los  Ejecutores  de  Gasto  vinculados  a  la  temática  de  combate  a  la  corrupción,
                  privilegiarán en el ejercicio de su presupuesto en el marco de sus atribuciones, la planeación armónica
                  en  la  implementación  de  Programas  Presupuestarios  encaminados  a  resultados  que  aseguren
                  acciones coordinadas, integrales, efectivas y orientadas a la prevención, detección y sanción de faltas
                  administrativas  y  hechos  de  corrupción,  así  como  la  fiscalización  y  control  de  recursos  públicos,
                  considerando lo siguiente:

                  I. Ejercer su presupuesto bajo un enfoque anticorrupción, integrando objetivos e indicadores que
                  permitan la evaluación de los resultados;

                  II. Promover acciones anticorrupción en aquellos Programas Presupuestarios que contribuyan al logro
                  de las prioridades de política pública establecidas en la Política Estatal Anticorrupción del Sistema
                  Estatal Anticorrupción del Estado de Puebla, respecto de la prevención, detección y sanción de faltas
                  administrativas y hechos de corrupción, así como la fiscalización y control de recursos públicos, y

                  III. Identificar y vincular los ejes estratégicos y líneas de acción para dar seguimiento y transparentar
                  los recursos públicos destinados en materia de anticorrupción.

                  Los Ejecutores de Gasto en el ejercicio de su presupuesto, deberán atender los requerimientos de
                  información  para  el  seguimiento,  monitoreo  y  evaluación  de  las  acciones  para  la  prevención,
                  detección  y  sanción  de  faltas  administrativas  y  hechos  de  corrupción,  así  como  la  fiscalización  y
                  control de recursos públicos.

                  La  Secretaría  Ejecutiva  del  Sistema  Estatal  Anticorrupción,  en  su  carácter  de  instancia  técnica  del
                  Sistema Estatal Anticorrupción del Estado de Puebla, dará seguimiento a la implementación de la
                  temática de combate a la corrupción para lo cual, deberá elaborar un informe anual de ejecución y
                  seguimiento del mismo con base en la metodología presentada para el presente Ejercicio Fiscal. Dicho
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