Page 202 - Iniciativa de Ley de Egresos 2025 V12
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Gobierno del Estado de Puebla





                  XVIII. Por la expedición de copias simples cotejadas o certificadas de expedientes, datos o documentos:

                  a) Hasta 35 hojas…………………………………………………………………………………………..$43.00

                  b) Hasta 75 hojas…………………………………………………………………………………………..$75.00

                  c) Por hoja adicional………………………………………………………………………………………...$4.00

                  XIX.  Por  la  emisión  de  Expediente  de  Atención  Temprana,  que  no  implique  un  delito,  derivado  de
                  extravío o pérdida de documentos u objetos…………………………………………………………..$105.00

                  Las  personas  que  tengan  el  carácter  de  estudiantes,  que  lo  acrediten  con  la  presentación  de  su
                  credencial vigente con fotografía expedida por una institución educativa, recibirán una reducción del
                  20% sobre la cuota establecida en la presente fracción.

                  Las personas que tengan setenta años o más, o padezcan alguna discapacidad psicomotora o sensorial
                  permanente, recibirán una reducción del 50% sobre la cuota establecida en la presente fracción.

                  XX. Por las bases en materia de adquisiciones, arrendamientos y servicios…………………….$3,315.00

                  XXI. Por el trámite de constancias digitales de no antecedentes penales………………………….$290.00

                  XXII. Por la emisión de Expediente de Atención Temprana digital, que no implique un delito, derivado
                  de extravío o pérdida de documentos u objetos……………………………………………………….$105.00

                  Los sujetos que soliciten la prestación de los servicios establecidos en las fracciones XXI y XXII del
                  presente artículo, no podrán gozar de las reducciones a que se refieren las fracciones V y XIX, del
                  mismo. En el supuesto de que los usuarios deseen recibir dichos beneficios, deberán acudir a alguno
                  de los módulos habilitados para tal efecto, y acreditar que se ubican en alguna de las hipótesis previstas
                  en las mismas.

                  ARTÍCULO 102. Los derechos por los servicios prestados por la Fiscalía General del Estado, a través
                  del  Servicio  Médico  Forense  (SEMEFO),  se  causarán  y  pagarán  de  conformidad  con  la  cuota
                  siguiente:

                  I.  Visitas  individuales  o  grupales  para  observación  de  necropsia,  para  fines  académicos,  por
                  persona……………………………………………………………………………………………………$240.00

                                                        CAPÍTULO XVI
                                             GENERALIDADES DE LOS DERECHOS

                  ARTÍCULO 103. Los derechos por los servicios prestados por las Dependencias de la Administración
                  Pública del Estado, por las Entidades Paraestatales, así como por el Poder Legislativo y por el Tribunal
                  de Justicia Administrativa del Estado de Puebla, se causarán y pagarán de conformidad con las cuotas
                  siguientes:

                  I. Por los servicios de certificación de datos o documentos que obren en sus archivos:




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