Page 203 - Iniciativa de Ley de Egresos 2025 V12
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Gobierno del Estado de Puebla
a) Por la expedición de certificación de datos o información, en línea o en forma oficial
valorada…………………………………………………………………………………………………...$160.00
b) Por la expedición de copias certificadas de expedientes:
1. De hasta 35 hojas……………………………………………………………………………………..$160.00
2. Por hoja adicional………………………………………………………………………………………...$5.00
II. Por la expedición de copias fotostáticas simples de documentos que obren en los expedientes de
sus archivos:
a) Hasta 35 hojas…………………………………………………………………………………………..$44.00
b) Hasta 75 hojas…………………………………………………………………………………………..$85.00
c) Por hoja adicional………………………………………………………………………………………...$3.00
No causarán el pago de los derechos a que se refieren las fracciones I y II de este artículo, la expedición
de copias simples o certificadas solicitadas por autoridades fiscales, judiciales, administrativas y del
trabajo, en el ejercicio de sus atribuciones y funciones.
ARTÍCULO 104. La consulta de información y documentación que realicen los particulares a las
Dependencias de la Administración Pública del Estado, a las Entidades Paraestatales y Órganos
Constitucionalmente Autónomos a que se refiere este Título; así como, a los Poderes Legislativo y
Judicial, en términos de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de
Puebla o de la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados del Estado
de Puebla, será gratuita, salvo que para su entrega se requiera su impresión o almacenamiento, en
cuyo caso se causarán y pagarán de conformidad con las cuotas siguientes:
I. Por la expedición de certificación de datos o documentos, por cada hoja………………………….$26.00
II. Por la expedición de copias simples, a partir de la vigésimo primera, por cada hoja………………$2.00
III. Disco compacto, por cada uno………………………………………………………………………..$18.00
No se causará el pago de las contribuciones a que se refiere este artículo, cuando las solicitudes de
acceso a la información; o en su caso, las solicitudes para el ejercicio de los derechos de acceso,
rectificación, cancelación y oposición de datos personales, se realicen por personas con discapacidad.
Para estos efectos, el solicitante deberá hacer constar tal circunstancia al momento de formular su
petición.
ARTÍCULO 105. En los casos en que los particulares soliciten información y/o documentación,
señalando expresamente que su entrega se realice a través de alguna empresa de mensajería, además
del pago de los derechos que correspondan, los gastos de envío correrán a cargo del solicitante.
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